Sostenemos como premisa básica la defensa del principio de la autonomía de las instituciones de la educación superior, consagrada en la Constitución. Esta autonomía le permite a la Universidad determinar su propio proyecto institucional, elegir sus autoridades de acuerdo a sus propios estatutos, y desarrollar programas educativos de acuerdo a sus intereses y los principios valóricos fundamentales que la inspiran. De esta forma, la legislación debe garantizar la autonomía de las instituciones privadas de educación, para definir y ejecutar sus proyectos institucionales en el marco del ejercicio de una libertad responsable.
Libertad de enseñanza
Al interior de un sistema mixto público-privado, promovemos y defendemos el derecho de los particulares a fundar universidades e instituciones educacionales en todos los niveles de la enseñanza obligatoria, es decir, desde la enseñanza pre escolar hasta la educación superior; y a gestionar esas instituciones con plena autonomía, en el marco del pleno respeto a los requisitos y exigencias que establezca la ley, incluyendo la calidad.
Diversidad de proyectos educativos
Manifestamos el derecho a desarrollar proyectos educativos diversos, en lo cultural, religioso, social y organizativo, lo que enriquece la oferta de las instituciones de educación superior a las poblaciones que son atendidas por ellas. Creemos que es de la esencia de los países democráticos, la coexistencia de visiones distintas sobre el hombre y la sociedad, todas las cuales deben ser respetadas y permitidas en la medida que cada proyecto académico se ajuste a los principios generales y a la legislación que rija esta actividad. Lo anterior permite definir proyectos educacionales diferentes y hacer realidad la libertad de elegir, para que las familias puedan escoger de acuerdo a sus valores y visiones propias, la mejor alternativa para la formación de sus hijos. Por lo tanto, no aceptamos la existencia de un solo modelo de universidad, el que es contrario a la historia chilena y a la experiencia internacional de los países más exitosos.
Igualdad ante la ley
Postulamos la igualdad ante la ley como inspiración de todos los actos del Estado. Rechazamos, por lo tanto, toda discriminación que perjudique a un sector de la ciudadanía, y muy especialmente aquellas que atenten contra la igualdad de derechos de los estudiantes chilenos, actos que adquieren un sello de gravísima ilegitimidad, cuando ellas afectan precisamente a los sectores con mayores necesidades y demandas de asistencia.
Inclusión y movilidad social
La inclusión y la movilidad social deben centrarse en el apoyo a los estudiantes vulnerables por sobre ciertas instituciones. Estamos convencidos que la educación es el factor de mayor movilidad social, por lo que acogemos las diversas visiones de educación superior en calidad, y apreciamos especialmente el aporte de quienes enfatizan la inclusión y contribuyen a la oportunidad de estudiar a las personas que tradicionalmente habían estado marginadas del sistema.
Por ello, consideramos como un deber del Estado el apoyar proactivamente a todos los que participan del esfuerzo-país que haga posible que todos los jóvenes que reúnan las condiciones y méritos suficientes, puedan hacer realidad su vocación. En otras palabras, jamás debe haber discriminación injustificada contra chilenos vulnerables, solo por el tipo de institución a la que se pertenece. El objeto y el sujeto de toda política educacional deben ser los estudiantes. A ellos nos debemos como formadores y las autoridades como tomadores de decisiones, por lo que la política pública debe centrarse en la necesidad de la persona y no en la institución, ya que la educación es un derecho social de la primera más que de la segunda.
Equidad y no discriminación arbitraria
Aseveramos que la equidad debe inspirar todos los actos de las autoridades políticas de la Nación. Asumimos con responsabilidad el reto de formar graduados y profesionales con calidad y que se logren superar las desigualdades derivadas de factores sociales, económicos y educacionales. Rechazamos, por lo tanto, toda discriminación que perjudique a un sector de la ciudadanía, y muy especialmente aquellas que atenten contra los derechos de los estudiantes chilenos, actos que adquieren un sello de gravísima ilegitimidad, cuando ellas afectan precisamente a los sectores con mayores necesidades y demandas de asistencia.